Su derecho, nuestra responsabilidad

Cláusulas suelo. Tributación IRPF


Los efectos de los acuerdos y las sentencias por las cantidades recuperadas por las cláusulas suelo vienen de atrás. Pero es en el ejercicio del 2016, cuya declaración de la renta se presenta en estos días  cuando cobra protagonismo.

CANTIDAD

La cantidad que se haya recibido por este concepto no se considera una renta gravable, no hay que integrarla en la base imponible del impuesto de la renta.

Siempre y cuando se trate de acuerdos con las entidades financieras o por la ejecución o cumplimiento de sentencias judiciales o laudos arbitrales.

No tributan ni la cantidad que devuelva la entidad en efectivo o a través de otras medidas de compensación, ni tampoco lo hacen los intereses ligados a la indemnización.

DEDUCCIÓN POR VIVIENDA

Cuando las cantidades percibidas en ejercicios anteriores formaron parte de la base para aplicarse la deducción por vivienda habitual, vigente hasta el 1 de enero del 2013, y esta se apuró al máximo, es decir, el 15% de 9.040 euros, lo que supone 1.356 euros por contribuyente.

En estos, supuestos, cuando la devolución es en efectivo y se pierde el derecho a las deducciones practicadas, hay que regularizar en el ejercicio en el que se celebre el acuerdo con la entidad financiera o en el que haya sentencia judicial firme o laudo arbitral. No se exigen intereses de demora (se marcarán las casillas 453 y 454) y solo habrá que regularizar los ejercicios no prescritos (2012, 2013, 2014 y 2015).

Si la devolución se destina a amortizar préstamo, no habrá que regularizar ni estas cantidades formarán parte de la base para la deducción por vivienda habitual.

GASTOS DEDUCIBLES

Si el contribuyente incluyó las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas suelo en declaraciones de años anteriores como gasto deducible, deberá regularizarlo.

En estos supuestos tendrá que realizar una autoliquidación complementaria de los ejercicios correspondientes, siempre que sean no prescritos, que son el 2012, 2013, 2014 y 2015. No se verán afectados ni por sanción, ni por intereses de demora ni recargo alguno.

LOS AVISOS

Hacienda ha incluido a los beneficiarios de la devolución de cláusulas suelo entre quienes reciben algún tipo de aviso especial en esta campaña de la renta 2016, se les recuerda la necesidad de regularizar las cantidades aplicadas como deducción por vivienda habitual. En todo caso lo hace con aquellas personas sobre las que los bancos le han facilitado información.

Quienes no reciban el aviso pero se encuentren en estos supuestos deberán solicitar la información a sus entidades financieras, que son las que deberían facilitar toda la información, recuerdan en la Agencia Tributaria.

En Laborda Torres Monerri abogados, os informamos de las últimas novedades relacionadas con el tema de las clausulas suelo incluidas en las hipotecas de muchos clientes de distintas entidades bancarias que necesitaban un préstamos para poder comprar su vivienda habitual.

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Redactor para abogados en Murcia, LABORDA MONERRI