Su derecho, nuestra responsabilidad

Claúsula de Defensa Jurídica.

seguro defensa juridica

¿Que es la Cláusula de Defensa Jurídica?

Por el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.

El seguro de defensa jurídica deberá ser objeto de un contrato independiente, o podrá incluirse en capítulo aparte dentro de una póliza única, en cuyo caso habrán de especificarse el contenido de la defensa jurídica garantizada y la prima que le corresponde.

¿Puedo designar libremente a mi abogado?

El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento. El asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. El Abogado y Procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador.

¿Qué compañías la ofertan y cuando se puede reclamar?

Es una cobertura que casi todas las compañías de seguro ofertan a la hora de asegurar un vehículo. Esta cobertura, llegado el caso, le permite al asegurado elegir al despacho de abogados que designen libremente, por supuesto especialistas en accidente de tráfico.
Dicha cobertura es reclamable a la compañía de seguros siempre y cuando se demuestre la inocencia del afectado en el accidente, y por tanto, la existencia del derecho a reclamación por los daños sufridos. Por tanto, dicha cobertura suele ir unida a una cobertura para la Reclamación de Daños.

En otras palabras, la Defensa Jurídica es necesaria siempre y cuando exista una reclamación por la vía administrativa, judicial o arbitral. Es decir, que el usuario tenga que defenderse por los daños ocasionados a un tercero en un accidente de tráfico.

Por su parte, la Reclamación de Daños se dará cuando sea necesario realizar una reclamación a un tercero de los daños sufridos en un accidente como asegurado, propietario, conductor u ocupantes del vehículo, viajando a título gratuito, siempre que existan razones para reclamar desde el punto de vista jurídico. Es decir, la compañía de seguros, si considera que el caso (la reclamación) no es ganable, no está obligada a cubrir gastos o proporcionar asistencia jurídica. Este matiz es importante, y para ello las pruebas que existan para demostrar la inocencia son fundamentales. En cualquier caso, si se sigue adelante con la reclamación con un abogado propio y se gana, la compañía está obligada a cubrir los costes de
Asistencia Jurídica (los costes del abogado) hasta el límite fijado en el contrato de seguro.

¿Qué cantidad económica se determina según las aseguradoras para dicha Defensa Jurídica?

La cobertura de defensa jurídica puede variar desde 600 € a 3.000 €, aunque en algunas compañías venimos observando contratos de seguro con coberturas de hasta 180€ únicamente, compañías con las que no les aconsejamos hacerse un seguro puesto que con esas cantidades estarán obligados a aceptar el abogado que le ponga la misma.

Redactor para abogados en Murcia, LABORDA MONERRI